El pasado 15 de octubre ha entrado en vigor una norma realmente útil para los padres con hijos recién nacidos. Se trata de la posibilidad de inscribir el nacimiento de los menores desde el hospital, sin necesidad de acudir al Registro Civil, evitando desplazamientos y horas de espera innecesarias en los tiempos actuales. Inicialmente se aplicará en 24 centros sanitarios y se irá ampliando progresivamente a todos los hospitales con fecha límite de 1 de enero de 2016. En el caso de Asturias, será el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA) quien tome la iniciativa.

La citada normativa no es otra que la Ley 19/2015, de 14 de julio, de reforma administrativa en el ámbito de la Administración de Justicia y del Registro Civil, que fue publicada en el BOE el pasado 14 de julio.

El procedimiento es sencillo. Los padres, asistidos por el personal administrativo del hospital, firmarán un formulario oficial de declaración. A dicho formulario se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento, que será expedido telemáticamente por el propio centro sanitario dentro de las 72 horas siguientes al nacimiento. Para firmar el formulario los padres tendrán que identificarse con un documento válido en Derecho, como puede ser el DNI, libro de familia, certificado de matrimonio si están casados etc. Si hubiera algún error, se podrá subsanar ante el Registro Civil, y una vez practicada la inscripción, el propio Registro enviará a los padres una certificación literal de nacimiento, preferentemente, a través de correo electrónico.